En el presente ensayo se sostiene que el diálogo social, concebido como participación de trabajadores y empleadores –al lado de otros actores concernidos- en la generación, ejecución y/o evaluación de medidas públicas en materia social y económica, reviste el carácter de componente esencial e inescindible de la libertad sindical y presupuesto sustantivo de un modelo democrático de relaciones laborales; razón por la cual deviene justiciable en tanto derecho humano y fundamental.
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